Generalmente, se confunde el delito de abandono de familia con un simple abandono del hogar. Se consideran abandono de familia o del hogar los casos en que se abandona el hogar familiar y se despreocupa totalmente de las necesidades de las personas que con él conviven y que dependen de él económicamente.
El abandono del hogar no es una causa propiamente dicha de separación o divorcio ya que no se necesita ninguna causa para separarse o divorciarse, salvo que hayan transcurrido más de tres meses desde la celebración del matrimonio.
Se puede interponer una denuncia bien ante la Guardia Civil, Comisaría o ante el Juzgado de Guardia en caso de que se produzca el abandono de familia o de produzca el impago de la pensión alimenticia.
El cobro de lo adeudado por el abandono familiar se puede recibir a través de un procedimiento judicial penal o de un procedimiento judicial por vía civil.